Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio incoado por la ciudadana Sonia Margarita Díaz Regalado contra la empresa Petroquímica de Venezuela, S.A. (PEQUIVEN); en consecuencia, SE CONFIRMA la decisión de fecha 30 de mayo de 2005, dictada por el suprimido Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas.-