Observándose claramente, que dicho poder es un poder especial, otorgado para que el mandatario venda y circule por todo el territorio nacional con el vehículo placas AI066X, por otra parte, en fecha 09 de Mayo de 2012, compadeció la Abogada VANESSHKA LOPEZ, IPSA Nº 103.535, y consigno poder otorgado por el ciudadano JESUS GREGORIO CUBILLAN CASTILLO, titular de la Cedula de Identidad Nº 14.386.948, el cual es del tenor siguiente:
Yo, JESUS GREGORIO CUBILLAN CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V14.386.948, por medio del presente documento declaro que: Confiero Poder especial, pero amplio y bastante suficiente en cuanto a derecho se requiere a la Ciudadana. VANESHKA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro V-13.494.560, abogado en ejercicio e inscrito en el lnpreabogado bajo el Nro. 103.535, para que me represente sostenga y defienda mis derechos en los asuntos que ocurran o puedan ocurrir, quedando faculta.....