Habida cuenta de la plena prueba de autos, conforme al artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA intentó la ciudadana MARIA VIRGINIA CASTEJÓN FERRÁS, contra los ciudadanos LUISA ELENA FERRÁS DE MATOS, HAYDEE FERRÁS PONCE, OLGA FERRÁS DE NUÑEZ, AMINTA FERRÁS DE RAMOS, LIVIA FERRÁS DE ANGARITA, JESÚS ENRIQUE FERRÁS PONCE y CARLOS FERRÁS PONCE, integrantes de la Sucesión Ferrás Ponce.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora por haber sido totalmente vencida en la presente litis.