Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN de la parte actora en contra de la decisión de fecha 27/03/2009, emanada del Juzgado Vigésimo Segundo Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio incoado por la ciudadana MARIA SANDRA RAMIREZ, contra la sociedad mercantil denominada ADMINISTRADORA DIAMANTE C.A, ambas partes identificadas en los autos. No hay condenatoria en costas a la parte actora recurrente del presente recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.