Este Juzgado Vigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, le imparte la HOMOLOGACIÓN al desistimiento del procedimiento manifestado por el actor, y declara IMPROCEDENTE lo referente al desistimiento de la acción, de conformidad con la jurisprudencia señalada que este Tribunal acoge. Se ordena devolver a las partes los escritos de pruebas y sus anexos.