Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante contra sentencia de fecha 13 de febrero de 2008, emanada del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual fue declarada PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO VALERA ZERPA en contra de AEREOVIAS DE VENEZUELA (AVENSA), Y ASPA RENT-A- CREW INTERNATIONAL C.A SEGUNDO: a) Se condena a la demandada, la sociedad mercantil AEREOVIAS DE VENEZUELA (AVENSA) al pago de las cantidades que resulte de la experticia complementaria del fallo de acuerdo, a los siguientes conceptos: 1)Antigüedad al 18/06/1997 (artículo 666 L.O.T.); 2) Compensación por Transferencia ordinal "b" del artículo 666 ejusdem; 3) Prest.....