PRIMERO: Se declara la aclaratoria de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 03 de julio de 2024. En consecuencia, queda aclarada la referida sentencia de la forma siguiente:
"ASUNTO: AP11-V-2019-000053..-"
SEGUNDO: La presente aclaratoria formará parte integrante de la sentencia dictada en fecha 03 de julio de 2024, en el juicio que, por PARTICIÓN DE COMUNIDAD, incoado por el ciudadano ANDRIÁN ANOTONIO REQUENA DUGUM, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 12.670.657, contra la ciudadana CAMILA GÓMEZ MEDINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nro. V-13.395.484.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, ________ (____) días del mes de julio de.....