III
DISPOSITIVA
Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados oralmente en este acto, el Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Perimida La Instancia en la demanda Contenciosa Administrativa de Nulidad propuesta por ACADEMIA AA, C.A., debidamente representada por las profesionales del derecho MARISOL BERMUDEZ y JAMILA TORRES BLANCO abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpre-abogado bajo el N° 36.726 y 74.653, respectivamente, en contra de la Providencia Administrativa No.331-17, de fecha 22 de noviembre de 2017, mediante la cual declara CON LUGAR el reenganche, restitución de derechos y pago de salarios caídos del ciudadano ENRIQUE JOSE ALVARADO, en el expediente administrativo signado con el No. 023-2017-01-01341. SEGUNDO: En apego al p.....