PRIMERO: declarar PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda promovida por el ciudadano MATIAS MANUEL REBOSO PERAZA contra la ciudadana ZORAIDA VALDERRAMA de ORDAZ, ambos identificados en el encabezamiento de esta decisión;
SEGUNDO: como consecuencia de la anterior declaración, se condena a la demandada a restituir al demandante el inmueble constituido por una parcela de terreno y las bienhechurías sobre ella construidas, con una extensión de ciento cincuenta y siete metros cuadrados con cincuenta centímetros (157,50 M2), situada en la Calle Miranda, distinguida con el No. 34 en el Plano General del Parcelamiento "Mirador del Este", Petare, Distrito Sucre del Estado Miranda, y alinderado así: NORTE, siete (7) metros con zona verde del parcelamiento; SUR, Ocho (8) metros con la Calle Miranda; ESTE, Veintiún (21) metros con terrenos de la propiedad; OESTE, Veintiún (21) metros con terrenos de la propiedad", a su dueño y demandante MATIAS MANUEL REBOSO;
TERCERO: como consecuencia del pronunciami.....