Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se modifica el fallo apelado por consulta legal obligatoria dictada en fecha 13/06/2012, dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda sobre cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana CRUZ VIUDID GARCIA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 4.581.684. en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA VIVIENDA Y HÁBITAT- OFICINA TECNICA NACIONAL PARA LA REGULARIZACION DE LA TENECIA DE LA TIERRAS URBANAS.; TERCERO: Se ordena a pagar al ente demandado los conceptos condenados en la parte moti.....