ordena conforme a lo dispuesto 310 del Código de Procedimiento Civil, la Reposición de la causa al estado que el defensor Judicial JOSÉ EMILIO CARTAÑA ISACH, antes identificado acepte o se excuse del cargo, y en el primero de los casos preste el juramento de Ley correspondiente, declarándose la nulidad de todo lo actuado con posterioridad a la fecha del 06 de marzo de 2015, fecha en que fue consignada la boleta de notificación del defensor judicial. Así se decide.