UNICO: Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que se comisione un nuevo Fiscal o Fiscala con el objeto de que presente un nuevo acto conclusivo, conforme a lo previsto en el artículo 103 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por cuanto se verifica el quebrantamiento de la garantía constitucional establecida en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a declararse nulo el escrito acusatorio presentado por la Fiscalia 131 del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, toda vez que se observa que los hechos se iniciaron por denuncia de la víctima ante el órgano receptor el día 06-01-2010, fecha en la cual se dicto inicio de investigación, y es en fecha 19-01-2011, se presento escrito acusatorio, nulidad que se decreta de conformidad con lo previsto en el articulo 49 numer.....