Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la decisión de fecha 14 de febrero 2013, dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo de la demanda contenciosa administrativa de nulidad interpuesta por la Sociedad Mercantil Zuoz Pharma, S.A., contra el auto de fecha 22 de marzo de 2011, dictado por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz", sede Sur Caracas, ente adscrito al órgano adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, todo ello contenido en el expediente administrativo Nº 079-2011-03-00420, en consecuencia se confirma la decisión i.....