Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad intentado por el abogado YONNI PEREZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 74.544, en su carácter de apoderado judicial de la entidad de TRABAJO UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA contra la Certificación Medica de Enfermedad Ocupacional signada bajo el N° CMO-CAP-0076-2017, emanada de la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Distrito Capital y Vargas del Instituto Nacional de Prevención Salud. No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo. Se ordena la notificación de las partes a los fines legales subsiguientes.