(...) El Tribunal, oídas las declaraciones antes expuestas, y revisado como fue el material consultado en esta audiencia y verificada la cualidad del apoderado judicial de la actora, para proponer el desistimiento del procedimiento; procede ha impartir HOMOLOGACION, ello, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo, así como el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. (...)