(...) DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 10 de agosto de 2017 por la ciudadana ALICIA MENDOZA RODRIGUEZ, debidamente asistida por el abogado CARLOS MENDOZA GUZMAN, contra la sentencia de fecha 14 de julio de 2017 dictada por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: se CONFIRMA la decisión apelada. TERCERO: se declara INADMISIBLE la demanda incoada por la ciudadana ALICIA MENDOZA RODRIGUEZ en contra de la entidad de trabajo BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C.A. CUARTO: no hay condenatoria en costas.
Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley.....