...Por todo lo expuesto, esta Corte Superior Primera Accidental del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales DECLARA: SIN LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano MARCEL RENÉ SÁNCHEZ HERRERA, representado por sus apoderados judiciales ARACELIS GARFIDO MEDINA y VÍCTOR RAFAEL GUILLÉN, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 70.748 y 73.448, respectivamente, por presunta violación de la garantías constitucionales a ser juzgado por su juez natural, derecho a la defensa y derecho del niño a ser oído, contra la sentencia dictada por la Juez Unipersonal XIV de.....