Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demandada incoada por SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE EMPRESAS DE ALIMENTOS, CERVECERAS, REFRESQUERAS LICORERAS Y VINICOLAS (SINTRACERLIV), representada por los ciudadanos JUAN CARLOS GUTIERREZ PEREZ, CESAR ENRIQUE ZANELLA CASTRO, FRANK JOSE QUIJADA CARMONA, OBED JOSE VILLEGAS URE, JOSE LUIS BRICEÑO MONTEROLA por ACCION MERO DELARATIVA contra la entidad de trabajo CERVECERIA POLAR C.A., SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.