DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: LA PERENCIÓN ANUAL DE LA INSTANCIA, y como consecuencia de ello, EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO., incoaran los ciudadanos DOMINGOS DE SOUSA TAVARES y FRNCISCA ELIZABETH VILLACRES de DE SOUSA, en contra de la sociedad mercantil ARKINATURA DEL ESTE, C.A., todos identificados en el encabezado del presente fallo.