D E C I S I O N
En atención a los planteamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia Quinto en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes, en uso de sus atribuciones legales, y en estricto cumplimiento a lo señalado en el artículo 555, de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, en la presente causa signada con el N° 1371-07, de la nomenclatura llevada por este Juzgado, seguida en contra a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificados en actas, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad. En consecuencia se ordena el cese de las medidas cautelares impuestas en fecha 11-02-07 en la Audiencia para Calificar o no la Flagrancia y la condición de imputado de los mismos, todo ello conforme a lo dispuesto en el último aparte del artículo 314 del Código Orgánico.....