Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Cuarto (4°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Yanet Bartolotta, en su carácter de apoderada judicial de la PARTE ACCIONATE en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, el día ocho (08) de diciembre de 2022, oída en un solo efecto por auto de fecha doce (12) de diciembre de 2022. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada con diferente motiva, por lo tanto se declara terminado el procedimiento de acción de amparo constitucional. TERCERO: No hay condenatoria en costas conforme al artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constituciona.....