de este Circuito Judicial del Trabajo, mediante la cual ambas partes manifiestan que han llegado a un acuerdo de manera extrajudicial, por la cantidad de Bs.F.14.000,00, pagaderos en dos partes, una el 12 de febrero de 2008, por la cantidad de Bs.F.7.000,00 y la otra el 12 de marzo de 2008, por la cantidad de Bs.F.7.000,00 y con la finalidad de poner fin a la presente litis solicitando al Tribunal que conoció en fase de Mediación la correspondiente Homologación, dándole efecto de cosa juzgada y observando de igual manera, que la parte Demandada ofrece la cantidad de Bs.F.14.000,00, efectuando un primer pago por la cantidad de Bs.F.7.000,00 y se compromete a pagar en el 12 de marzo de 2008 la cantidad de Bs.F.7.000,00, este Tribunal verifica que el acuerdo manifestado no vulnera normas de orden público pues en consecuencia, este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia Sustanciación Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, administrando Justicia y por autor.....