este Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA por la ciudadana ANA ELENA PEREZ DE EL DAHABI, titular de las cédula de identidad Nro. 6.822.008 por cobro de diferencia de prestaciones sociales contra EL REY DEL MANI C.A, condenándose a la parte demandada, a pagar al actor la cantidad de DOCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (12.543,75) derivada de los conceptos especificados en la motiva, mas lo que resulte de la experticia complementaria. SEGUNDO: Se ordena realizar experticia complementaria del fallo conforme a los parámetros señalados en la parte motiva del fallo. TERCERO: Se condena en costas a la demandada de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgáni.....