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Decisiones del dia 18/02/2013 |
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N° Expediente :
AP21-S-2013-000167
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/02/2013 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: PARTE OFERENTE: REPRESENTACIONES CAPCANA 2006, C.A. Y PARTE OFERIDA: NELSON ANTONIO ORTEGA HERNÁNDEZ |
Resumen:
Visto escrito de Transacción de fecha ocho (08) de febrero de 2013; presentada por los ciudadanos: NOSLEN TOVAR, abogado e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°112.059, quien asiste a la parte Oferida ciudadano NELSON ANTONIO ORTEGA HERNÁNDEZ, cédula de identidad NºV-17.861.470 y JESÚS ANTONIO LEOPOLDO RONDÓN, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°97.802, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente REPRESENTACIONES CAPCANA 2006, C.A.; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, salvo en lo establecido en la misma en los siguientes términos:
"En este mismo orden y en virtud del acuerdo transaccional aquí celebrado EL OFERIDO desiste voluntaria y expresamente de cualquier demanda laboral y/o acción judicial instaurada por sí mismo o a través de sus apoderado.....
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Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
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Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-S-2013-000284
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/02/2013 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: PRODUCCIONES GRAFICAS, C.A. / JESUS MARTINEZ. |
Resumen:
este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo de pago suscrito por las partes, en el sentido de que se deja constancia de la cantidad recibida por el extrabajador (oferido) ciudadano FRELEN ENRIQUE LEAL LEAL, de OCHO MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE (Bs. 8.219, 49), hecha por la empresa (oferente) INVERSIONES ALTOS DE GALERIAS 18, C.A. Se dará por terminado el presente asunto una vez vencido el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación del presente auto. Queda a salvo a favor del extrabajador cualquier diferencia que considere que exista por sus derechos laborales pudiendo acudir a la vía ordinaria laboral. Asimismo, la empresa oferente podrá oponer al oferido el presente pago, cuando lo considere oportuno. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.....
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Juez/Ponente:
Diego Araujo
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Organo:
Juzgado Septimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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