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Decisiones del dia 18/03/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Quinto de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2013-002566. N° Sentencia : 436 Fecha: 18/03/2014
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL IMPORTADORA USY, C.A,
Resumen:
Por todas las consideraciones anteriores, este Tribunal Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al Desistimiento, habido en la presente solicitud Titulo Supletorio, dándose por consumado el acto y procediéndose como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. En cuanto a la solicitud de devolución de originales interpuesta por la solicitante, este tribunal acuerda el desglose de los originales, a los fines de su devolución, previa su certificación por Secretaría, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Met.....
Juez/Ponente:
Renan Gonzalez
Organo:
Juzgado Decimo Quinto de Municipio
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N° Expediente : AP31-S-2014-001009 N° Sentencia : 437 Fecha: 18/03/2014
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
JESSICA RODRÍGUEZ VELANDIA Y EARLE JOSÉ PORTILLO CARVAJAL,
Resumen:
Así las cosas, vistos los alegatos expuestos por los aquí solicitantes y en virtud que los hechos no encuadran dentro del precepto normativo que regula el divorcio por jurisdicción voluntaria, es decir, que el lapso de separación de los cónyuges solicitantes ni siquiera ha alcanzado la mitad del tiempo exigido por la Ley, es por lo que resulta forzoso para este jurisdicente declarar INADMISIBLE la presente solicitud de divorcio no contencioso, por cuanto no ha transcurrido un período de tiempo mayor a cinco (5) años de separación de hecho, tal y como lo establece el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, y así se decide. EL JUEZ RENAN JOSÉ GONZÁLEZ EL SECRETARIO ERICKSON JOSÉ MARTÍNEZ Exp. No. AP31-S-2014-001009 RJG/EJM/mil*
Juez/Ponente:
Renan Gonzalez
Organo:
Juzgado Decimo Quinto de Municipio
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