Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO suscrito por el apoderado judicial de la parte actora el abogado LUIS BARONE MILIANI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 2.152.715, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.253.