Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Quinto (5°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado: FREDIS HERNAN REINALDO TORCATES APONTE inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado el No. 223.094, apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil: ALIMENTOS SAN CIPRIANO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Barquisimeto, en fecha 15 de mayo de 2019, bajo el No. 19, Tomo 27-A RM365.- SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el TRIBUNAL VIGÉSIMO TERCERO (23º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- TERCERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ci.....