DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE la solicitud de tutela cautelar efectuada por la parte demandante HIPATIA HERNANDEZ ROJAS, en contra de los ciudadanos MARYANT CAROLINA CASTILLO MEDINA, HEIKER ANTONIO CASTILLO TOVAR y MAIBE ANLLYNE CASTILLO TOVAR, en su condición de herederos del de cujus ANTONIO JOSE CASTILLO SANCHEZ, todos identificados al inicio del presente fallo, en consecuencia, se decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre los siguientes bienes inmuebles:
1. Un (01) inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda el cual forma parte del Edificio AGUJA AZUL 3, construido sobre un lote de terreno denominado Lote "A", ubicado en la Urbaniza.....