PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la DESAFECTACIÓN y EXTINCIÓN de la Constitución del Hogar en favor de los ciudadanos REGULO HORACIO SEMIDEY BUSTAMANTE e INIRIDA CRASSUS DE SEMIDEY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.851.914 y V-3.179.567, respectivamente, por este Tribunal en fecha 20 de marzo de 2001.-
SEGUNDO: Queda desafectado el hogar constituido, objeto de este proceso judicial, conformado por un lote de terreno y la casa-quinta sobre ella construida, registrado bajo el nombre "Angélico" y actualmente denominada "Guainila", catastro N° 1-10/2, ubicada en la calle El Paují de la Urbanización Prados del Este, Jurisdicción del Municipio Baruta, Distrito Sucre del estado Miranda. Dicho lote de terreno está formado por la integración de la parcela No 17 de la manzana "A" en el plano general de dicha urbanización y tiene una superficie de UN MIL CIENTO NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS (1.109,90 M2) y de una faja de terr.....