Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada contra la sentencia de fecha 28 de mayo de 2003, dictada por el extinto Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO BUTTO TINEO contra OPERACIONES R.D.I. C.A., en consecuencia se condena a la demandada a pagar al accionante la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 40.000.000,00) por concepto de daño moral. Se ordena la corrección monetaria de la cantidad condenada conforme a los paramentos establecidos en la motiva del fallo. TERCERO: SE MODIFI.....