En base a los razonamientos antes expuesto este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUCIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano IGOR OSCAR ANZOLA GUERRA venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V.-3.739.844, en contra sociedad mercantil UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, FACES, ESCUELA DE ESTUDIOS INTERNACIONALES. En consecuencia se ordena a la parte demandada: PRIMERO: Las Cantidades señaladas en la parte motiva de la presente decisión, más los intereses de prestaciones sociales correspondiente a los conceptos especificados con antelación. SEGUNDO: Se ordena la cancelación de los intereses de mora de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde la fecha de la terminación de la relac.....