En mérito de las anteriores consideraciones, esta Corte Superior Primera del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana Daniela Marrero, suficientemente identificada en autos, contra el auto dictado en fecha 26 de Noviembre de 2009, por el Juez Unipersonal I de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual se CONFIRMA en los términos suscritos, por las razones de hecho y de derecho establecidas en la parte motiva del presente fallo y que se dan aquí íntegramente por reproducidas.
Por cuanto el presente fallo fue dictado fuera del lapso procesal correspondiente, se orde.....