Este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por MARISELA ROSA MANRIQUE SANTOYA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio e identificada con la cédula de identidad N° V.- 14.388.055, en contra de CADENA DE TIENDAS VENEZOLANAS CATIVEN, S.A., empresa mercantil de este domicilio, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20 de diciembre de 1994, bajo el Nº 16, Tomo 258-A-Sgdo. Así se establece.-
SEGUNDO: No hay condena en costas por la naturaleza del fallo. Así se establece.-