PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la medida planteada por la ciudadana ELISA PRIANO BRUNETTI DE MURO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.322.529, representada por los Abogados GABRIEL RAMON ACHE ACHE y VERA MARIANA VICENTE GOMEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.570 y 78.237, respectivamente, contra la medida decretada en fecha 31 de marzo de 2015, por este Tribunal Superior Tercero (3°) del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos en la parte motiva del presente fallo, y así se decide.
SEGUNDO: Se RATIFICA en todas y cada una de sus partes la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, decretada por este Tribunal Superior Tercero (3°), en fecha 31 de marzo de 2015, consiste en la designación de un administrador AD-HOC, cargo que recayó en la persona de la licenciada YORLIZA MAIGUALIDA BECERRA, titular .....