Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Inserción de Acta de Defunción de los ciudadanos Monico Antonio Jaime Oropeza, Higinio Alfredo Jaime Oropeza, Teolinda Elena Jaime Oropeza, Lucy Marbelis Jaime Oropeza y Yarely Josefina Cruz Oropeza, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédula de identidad N° V- 13.320.287, 13.320.286, 16.096.677, 16.096.509 y 18.403.820, en relación a la Inserción de Acta de Defunción, la cual Murió en el Hospital Domingo Luciani, (El Llanito), día el dos (02) de Noviembre de dos mil Cinco (2005), por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en el artículo 506 del Código Civi.....