Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: EXTINGUIDO EL PROCEDIMIENTO de Cobro de Prestaciones Sociales incoado por el ciudadano HECTOR LUIS CABRERA MEDINA, contra la sociedad civil ASESORES INTEGRALES DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA "AIESU", plenamente identificados en autos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo