el proceso, lo cual contaría los principios y postulados de nuestra ley Adjetiva Procesal laboral.
En consecuencia, se ordena a la parte demandada la empresa Sociedad Mercantil Inversiones ING 131, C.A, consigne a los autos documentación suficiente que haga presumir la solidaridad de su representada con el llamado en tercería, la empresa Representaciones MURCI-LIZ.C.A,.debiendo consignar el Registro mercantil de la empresa antes citada y el contrato de servicios entre ambas empresas, en la misma oportunidad deberá consignar nueva dirección, dentro del lapso de los cinco días siguientes al de hoy. Así se decide. So pena de declarar inadmisible la tercería solicitada. Así se decide.
El Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. Héctor Rodríguez.