Este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: IPROCEDENTE LA SOLICITUD DE DECLINATORIA DE COMPETENCIA, requerida por el INSTITUTO NACIONAL DE AERONAUTICA CIVIL (INAC), todo ello en la demanda incoada por la ciudadana YESSIKA EMILMAR ESTRADA, en contra del referido Instituto.- SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en vista de la naturaleza del fallo.- TERCERO: Se ordena notificar al ciudadano Procurador General de la República de la presente decisión conforme lo previsto en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.- Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. Y ASÍ SE DECIDE.-