DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia de PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (Obligación de Manutención), Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, con vista a los argumentos fácticos y normativos antes aludidos DECLARA:
ÚNICO: La extinción de la presente obligación de manutención, seguida por la ciudadana LISBETH GUADALUPE GRANADO DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.772.451, con domicilio en el Barrio Misión Abajo, calle 7, Nº 35-68, de esta ciudad de Calabozo estado Guárico, actuando en representación de sus hijos, LUÍS JOSÉ y KARLA JOSÉ RODRIGUEZ GRANADO, contra JOSÉ LUÍS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.631.908, domiciliado en esta ciudad de Calabozo est.....