En uso de las atribuciones legales conferidas por la ley hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se le impone a la Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), identificada en autos, por la comisión del DELITO DE LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el Artículo 416 en concordancia con el Artículo 77 Ordinales 8 y 14 ambos del Código Penal Vigente, de la REGLAS DE CONDUCTA, siendo las siguientes: Obligaciones de Hacer: 1) Debe continuar activas en el área educativa, debiendo presenta mensualmente Constancia de Estudios; 2) No ausentarse de su hogar después de las 09:00 p.m., incluyendo Fines de Semana; 3) Presentarse ante la sede de este Tribunal Una (01) vez al mes; Obligaciones de No Hacer: 1) Ausentarse de la Jurisdicción de este Tribunal sin autorización alguna del mismo; 2) Acercarse a la víctima ciudadana THIBISAY THAIRI SÁNCHEZ PÉREZ; 3) Consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas, ni bebidas alcohólicas y 4) Portar armas de fuego o armas blancas, por el lapso de C.....