esta Sala de Juicio, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, haciendo uso de sus amplias facultades por la Ley en su Artículo 267 del Código Civil, CONCEDE Autorización Judicial amplia y suficiente para que la ciudadana CECILIA THAIS BLANCO DE LATUFF, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.127.229, realice en nombre y representación de sus hijos XXX, XXX, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-24.283.212 y 25.228.493, respectivamente, y XXX, de dos (2) años de edad, la operación antes mencionada en los términos y condiciones expresados en la solicitud.