Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la defensa previa de PRESCRIPCIÓN que fue invocada por la Defensora Judicial de la parte Intimada; conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES, interpuesta por la Sociedad Mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN RAISMA C.A., y del ciudadano RENE FRANCISCO RAISSIGUIER MARIANI, todos antes plenamente identificados, conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencido en el presente proceso.
CUARTO: SE ORDENA la notificación de las partes, por cuanto el presente fallo se dicta fuera del lapso leg.....