En virtud de los razonamientos fácticos y jurídicos que han quedado expuestos, este Tribunal Superior Marítimo Accidental con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado en ejercicio Luís Alfredo Lemus Cedeño, actuando como apoderado judicial de la parte actora, ciudadano Luís Alfredo Lemus Sifontes, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en fecha veintidós (22) de julio de 2013.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por Indemnización de Daños y Perjuicios y Daños Morales, sigue el ciudadano Luís Alfredo Lemus Sifontes contra Rutas Aéreas de Venezuela RAV, S.A. (RAVSA).
TERCERO: Se confirma con distinta motiva la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia N.....