DIPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Sexto de Juicio de Primera Instancia de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por JESÙS RAFAEL ESTEVEZ PADRON, titular de la cédula de identidad No. 14.702.410, contra la entidad de trabajo IGLESIA UNIVERSAL DEL REINO DE DIOS QUE HACE LA ORACION FUERTE AL ESPIRITO SANTO y de manera solidaria contra ANTONIO GILSON MARTINS DOS SANTOS titular de la cedula de identidad No. 84.585.620; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.