Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, SALA IX, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de dicha Separación de Cuerpos y Bienes. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos EDISON JAVIER PAEZ MENDEZ y CARMEN ROSA RAMOS HERNANDEZ, ya identificados, celebrado el día 15 de septiembre de 1.989, por ante el Juzgado Quinto de Parroquia de la Circunscripción Judicial del Municipio Vargas del Distrito Federal (ahora Estado Vargas) .
De la unión matrimonial procrearon dos hijos de nombres (...), nacidos el (...) 27 , según actas de nacimientos cursantes a los folios cinco (05) y seis (06) del presente expediente, Así se decide.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la PATRIA POTESTAD será ejerci.....