CON LUGAR la demanda por Solicitud de Calificación de Despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por la ciudadana CARMEN PALACIOS contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE), ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada reenganchar a la parte actora en su puesto de trabajo como Técnico Electoral, en las mismas condiciones que tenía para el momento de su ilegal despido y el pago de los salarios caídos dejados de percibir, sobre la base de un salario mensual de Bs. 1.088.976,00, es decir, Bs. 36.300,00 diarios, calculados a partir de la fecha en que se consta en autos la notificación de la parte demandada (18 de octubre de 2006) hasta la fecha de la efectiva reincorporación de la actora a su labores habituales o la oportunidad en que la parte demandada insista en el despido, en atención a lo dispuesto en sentencia de fecha 16 de junio de 2005, N° 0628 de la Sala de Cas.....