PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por las ciudadanas CRISTINA DEL VALLE NARVAEZ RUIZ y ARABELLA MARGARITA SERRANO en contra de la empresa IMPORTACIONES, PRODUCCIONES ENOLÓGICAS, C.A. (IPECA), partes identificadas en autos, por lo que se condena al demandado, al pago de los siguientes conceptos: prestación de antigüedad, intereses, vacaciones vencidas y no pagadas, bono vacacional vencido y no pagado.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y la jurisprudencia de la Sala de Casación Social, se condena el pago de los intereses de mora sobre el monto total condenado a cada uno de las actoras, los cuales serán calculados con base a la tasa fijada por el Banco Central de Venezuela. Los mismos serán estimados mediante experticia complementaria del fallo rigiéndose para la realización de la misma por los siguientes parámetros: 1) será realizada por un solo experto designado por el Tribunal E.....