Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN Apelación ejercida por la parte actora en contra la sentencia en fecha 13/09/2010 emanada del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, INADMISIBLE la acción de amparo Constitucional, interpuesta por la ciudadana YEISY ALEJANDRA MENDOZA en contra la empresa JABONERIA EL TEPUY. Se confirma el fallo. Se ordena la notificación de las partes a los fines legales subsiguientes.