Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR, solicitada en los términos explanados en el presente fallo, en consecuencia:
• Hasta tanto se resuelva este amparo constitucional, se prohíbe a la sociedad mercantil D2 MUSIC INTERNACIONAL C.A, perturbar y violar el derecho constitucional al trabajo del cciudadano GUSTAVO ALEXANDER RAMIREZ OLIVO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-18.366.494.
Comuníquese la presente medida a la sociedad mercantil D2 MUSIC INTERNACIONAL C.A.