Así mismo, efectuada la revisión del acuerdo transaccional previamente identificado, mediante el cual especifican las partes los conceptos comprendidos en la referida transacción y cuyo monto a pagar asciende a la cantidad de Bs. 150.000.000,00 (hoy Bs.S 1.500.00) efectuado a través de un cheque girado contra el Banco Provincial a nombre de la ciudadana Yara Rodríguez y signado con el número 00006449, acuerdo éste sobre el cual solicitan la respectiva homologación. En consecuencia, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución una vez efectuada la revisión exhaustiva del escrito transaccional presentado por las partes, así como la verificación de los respectivos documentos poderes cursantes en autos a fin de constatar las facultades de los abogados supra identificados y siendo que la transacción consignada cumple con los requisitos previstos en la legislación sustantiva del trabajo y no violenta en forma alguna los derechos del accionante, es por lo que Juzgado Trigésimo Séptim.....